
a) Que el menor sea abandonado por parte de las personas a las cuales corresponde por ley ejercer las funciones de guarda.
b) Que se haya producido negligencia en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, higiénicas, de salud o educativas del menor.
c) Que los padres, tutores o guardadores o las personas que convivan o estén relacionadas directamente con el menor sufran una enfermedad mental que repercuta negativamente sobre él.
d) Que los padres, tutores o guardadores o las personas que convivan o estén relacionadas con el menor sean drogodependientes y repercuta negativamente sobre él.
e) Que se haya suministrado al menor sustancias psicotrópicas o de cualquier otra sustancia tóxica sin causa médica justificada.
f) Que se hayan infligido al menor maltratos físicos o psíquicos, abusos sexuales, explotación u otros maltratamientos de naturaleza análoga.
g) Que no hayan vínculos afectivos o estos tengan muchas carencias, por incumplimiento de los deberes de protección por parte de los padres, tutores o guardadores y que están establecidos por la ley para la guarda de los menores.
h) Que se induzca al menor a la mendicidad delincuencia o prostitución.
i) Que se dé cualquier desatención o imprudencia que atente contra la integridad física o psíquica del menor.
j) Que se dé una desescolarización reiterada o continuada.
k) Cuando se aprecien objetivamente otros factores que imposibiliten el desarrollo integral del menor.”
Luego se paso a explicar otro aspecto importante en cuanto a nuestra profesionalidad en este campo de prevención y protección hacia los menores en desamparo como es la función del educador social. Importante el encargo del educador social en esta tarea en cuanto al ámbito personal del menor en el fomento de sus vínculos afectivos así como el posicionamiento de confianza en ellos, conseguido a través de la educación en valores. Unos valores fundamentados en la libertad, la convivencia, el respeto, la justicia, el pluralismo... importantes valores para que crezcan como personas.
Otras de las funciones importantes relacionadas con las anteriores, la puesta en práctica de esos valores adquiridos integrándolos en el nuevo medio.
En otro grado estarían las funciones que se llevan a cabo a nivel escolar, función importante de integración y orientación del menor hacia nuevas metas y con su grupo de iguales.
Y como no más importante sería la función en la familia, como la ayuda y apoyo al aprendizaje de nuevos patrones al fomento de la formación integral en su ausencia, promoción de habilidades sociales...
Tengo que apuntar bajo mi punto de vista que se trata de unas funciones interesantes e importantes en cuanto al desarrollo personal y emocional del menor. Pues se trata de unas funciones fundamentales en cuanto a las intervenciones con menores desamparados.
Por último, durante la exposición mostraron de una manera muy esquemática y organizada, las distintas formas de acogida que se llevaban a cabo. Entre ellas estaba la familiar y la residencial.
1. La familiar por un lado proponía tres modalidades:
- Simple. Reinserción del menor en su propia familia.
- Permanente. Debido a la edad o circunstancias del menor, se procederá a su acogimiento tras la valoración de los informes de los servicios sociales así como de los jueces.
- Pre-adoptivo. A través de un modelo provisional de adaptación del menor y temporal a la nueva familia.
Ante todo tengo que decir que fue a la primera de las exposiciones que asistí y lo hice con falta de tiempo por diversos problemas, por ello me ha gustado aportar alguna información mas de interés, ya que el tema en si no es de los más conocidos en nuestra sociedad, o por lo menos el más "bombardeado" por los sistemas de comunicación como lo son otros, pero sin duda alguna se trata de un tema que en la actualidad, con los nuevos cambios sociales, está cobrando gran importancia.
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